Actualizado 11 de marzo de 2026
Calculadora de Liquidación 2026 — México
Calcula tu liquidación por despido injustificado. Incluye indemnización constitucional, 20 días por año y prima de antigüedad.
Calculadora de Liquidación 2026 — México
Calcula tu liquidación por despido injustificado. Incluye indemnización constitucional (3 meses), 20 días por año, prima de antigüedad y todas las partes proporcionales según la LFT.
Cómo se calcula la liquidación en México
La liquidación laboral es la compensación económica que recibe un trabajador cuando es despedido injustificadamente. A diferencia del finiquito, la liquidación incluye una indemnización constitucional de 3 meses de salario, además de otros conceptos establecidos en la Ley Federal del Trabajo.
La liquidación completa se integra por:
- Indemnización constitucional: 3 meses de salario integrado (Art. 48 LFT).
- 20 días por año trabajado: indemnización adicional por cada año de servicios (Art. 50, fracción II LFT).
- Prima de antigüedad: 12 días por año trabajado, topada a 2 veces el salario mínimo (Art. 162 LFT).
- Finiquito completo: días trabajados no pagados, vacaciones proporcionales, prima vacacional y aguinaldo proporcional.
Fórmula de la liquidación
El cálculo se basa en el salario diario integrado (SDI), que incluye las prestaciones en especie y se calcula así:
SDI = Salario diario × Factor de integración
El factor de integración mínimo para un trabajador con un año es 1.0493 (incluye aguinaldo y prima vacacional proporcionales). Este factor aumenta con la antigüedad.
Indemnización constitucional = SDI × 90 días
20 días por año = SDI × 20 × años trabajados
Prima de antigüedad = 12 días × años trabajados × salario topado (máximo 2 × salario mínimo = 2 × $315.04 = $630.08 diarios)
Liquidación total = Indemnización constitucional + 20 días por año + Prima de antigüedad + Finiquito
Ejemplo práctico 2026
Un trabajador con salario mensual de $20,000 despedido injustificadamente después de 5 años de antigüedad:
- Salario diario: $20,000 ÷ 30 = $666.67
- SDI (factor 1.0493): $666.67 × 1.0493 = $699.53
- Indemnización constitucional: $699.53 × 90 = $62,957.70
- 20 días por año: $699.53 × 20 × 5 = $69,953.00
- Prima de antigüedad: $630.08 × 12 × 5 = $37,804.80 (el salario diario de $666.67 supera el tope de $630.08)
- Finiquito (proporcionales): aproximadamente $12,000 (varía según la fecha del despido)
- Liquidación total bruta: aproximadamente $182,715.50
ISR de la liquidación
La liquidación está sujeta a retención de ISR conforme al Art. 96 de la Ley del ISR y la tarifa del Anexo 8 RMF 2026. Sin embargo, existen partes exentas importantes:
- Indemnización: exenta hasta 90 días de UMA por cada año de servicio = 90 × $117.31 = $10,557.90 por año
- Prima de antigüedad: exenta hasta 90 días de UMA por cada año = $10,557.90 por año
- Aguinaldo proporcional: exento hasta 30 UMA = $3,519.30
- Prima vacacional: exenta hasta 15 UMA = $1,759.65
El ISR sobre la liquidación se calcula de forma especial: se aplica la tarifa anual sobre el último sueldo mensual ordinario y esa tasa efectiva se aplica al total gravable de la liquidación.
Base legal de la liquidación
La liquidación por despido injustificado se fundamenta en la Ley Federal del Trabajo:
- Art. 48 LFT: el trabajador podrá solicitar la reinstalación o una indemnización de 3 meses de salario.
- Art. 50 LFT: establece la indemnización de 20 días de salario por cada año de servicios prestados cuando se opta por no reinstalar.
- Art. 162 LFT: regula la prima de antigüedad: 12 días por año, con el salario topado a 2 veces el salario mínimo.
- Art. 47 LFT: define las causas de rescisión justificada (sin responsabilidad para el patrón).
¿Quiénes tienen derecho a liquidación?
Tienen derecho a la liquidación completa los trabajadores que se encuentren en alguna de estas situaciones:
- Despido injustificado: cuando el patrón rescinde la relación sin causa comprobable conforme al Art. 47 LFT.
- Rescisión imputable al patrón: cuando el trabajador rescinde por causas atribuibles al empleador (Art. 51 LFT), como reducción de salario, malos tratos o condiciones inseguras.
- Terminación colectiva: cierre de empresa o reducción de personal por causas económicas.
Si consideras que fuiste despedido injustificadamente, tienes 2 meses a partir del despido para presentar tu demanda ante el Tribunal Laboral correspondiente o acudir a la PROFEDET para asesoría gratuita.
Preguntas frecuentes
El finiquito es el pago de prestaciones proporcionales que corresponden a cualquier trabajador al terminar la relación laboral (días trabajados, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcionales). La liquidación incluye, además del finiquito, una indemnización constitucional de 3 meses, 20 días por año trabajado y prima de antigüedad. La liquidación aplica solo en despido injustificado.
No. Si renuncias voluntariamente solo te corresponde el finiquito. La liquidación con indemnización de 3 meses y 20 días por año solo aplica cuando el patrón te despide sin causa justificada o cuando tú rescindes por culpa del patrón (Art. 51 LFT).
Tienes 2 meses a partir de la fecha del despido para presentar tu demanda ante el Tribunal Laboral competente (Art. 518 LFT). Después de ese plazo, pierdes el derecho a reclamar la indemnización. Es recomendable acudir de inmediato a PROFEDET.
El salario diario integrado (SDI) es el salario diario más las prestaciones en especie (aguinaldo, prima vacacional, etc.) expresadas en proporción diaria. El factor mínimo es 1.0493 para el primer año. Se calcula: SDI = (Salario diario) + (Aguinaldo/365) + (Prima vacacional × Días vacaciones/365).
Sí. Según el Art. 162 LFT, la prima de antigüedad se calcula con 12 días por año trabajado, pero el salario base para este cálculo no puede exceder 2 veces el salario mínimo vigente. En 2026, el tope es 2 × $315.04 = $630.08 diarios.
La ley establece que el pago debe ser inmediato. Sin embargo, en la práctica, si se llega a un convenio ante la autoridad laboral, se pueden pactar parcialidades. Es importante que cualquier acuerdo quede registrado ante el Centro de Conciliación o Tribunal Laboral para proteger tus derechos.
Necesitas cualquier documento que acredite la relación laboral: contrato de trabajo, recibos de nómina, credencial de la empresa, constancias de IMSS o estados de cuenta donde aparezcan depósitos del patrón. Si no tienes ninguno, PROFEDET puede ayudarte a recabar pruebas.