Actualizado 11 de marzo de 2026
Calculadora de Prima Vacacional 2026 — México
Calcula tu prima vacacional. Mínimo 25% sobre los días de vacaciones según Art. 80 LFT.
Calculadora de Prima Vacacional 2026 — México
Calcula el monto de tu prima vacacional según tu antigüedad y salario. Por ley, la prima vacacional mínima es del 25% sobre los días de vacaciones.
Cómo se calcula la prima vacacional en México
La prima vacacional es una prestación adicional que el patrón debe pagar al trabajador cuando éste disfruta de sus vacaciones. Consiste en un mínimo del 25% sobre los salarios correspondientes a los días de vacaciones (Art. 80 LFT).
Fórmula de la prima vacacional
Prima vacacional = Días de vacaciones × Salario diario × 25%
Donde los días de vacaciones dependen de la antigüedad del trabajador conforme a la tabla del Art. 76 LFT (reforma 2023):
- 1 año: 12 días → Prima: 12 × Salario diario × 25%
- 2 años: 14 días → Prima: 14 × Salario diario × 25%
- 3 años: 16 días → Prima: 16 × Salario diario × 25%
- 4 años: 18 días → Prima: 18 × Salario diario × 25%
- 5 años: 20 días → Prima: 20 × Salario diario × 25%
- 6 a 10 años: 22 días → Prima: 22 × Salario diario × 25%
Ejemplo práctico 2026
Un trabajador con salario mensual de $18,000 y 4 años de antigüedad:
- Salario diario: $18,000 ÷ 30 = $600.00
- Días de vacaciones: 18 días (4 años de antigüedad)
- Prima vacacional: 18 × $600 × 25% = $2,700.00
Con el salario mínimo 2026 de $315.04 diarios y 1 año de antigüedad:
- Prima vacacional mínima: 12 × $315.04 × 25% = $945.12
ISR de la prima vacacional
La prima vacacional tiene una parte exenta de ISR equivalente a 15 días de UMA:
15 × $117.31 = $1,759.65 exentos en 2026
Si tu prima vacacional no supera los $1,759.65, no pagarás ISR sobre ella. La parte que exceda esa cantidad se suma a tu ingreso gravable del periodo.
Ejemplo de ISR
Si tu prima vacacional es de $2,700.00:
- Parte exenta: $1,759.65
- Parte gravable: $2,700.00 − $1,759.65 = $940.35
- Los $940.35 se acumulan a tu ingreso del periodo y se les aplica la tarifa de ISR del Anexo 8 RMF 2026
Base legal de la prima vacacional
- Art. 80 LFT: los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor al 25% sobre los salarios que les correspondan durante el periodo de vacaciones.
- Art. 76 LFT: establece los días de vacaciones según antigüedad (referencia necesaria para calcular la prima).
- Art. 79 LFT: las vacaciones no se compensan con dinero, excepto al terminar la relación laboral.
- Art. 93, fracción XIV, Ley del ISR: exención de la prima vacacional hasta 15 días de UMA.
¿Cuándo se paga la prima vacacional?
La prima vacacional debe pagarse antes de que el trabajador inicie su periodo vacacional. Algunas empresas la pagan junto con la nómina del periodo, pero lo correcto es que el trabajador la reciba previo a su descanso.
- Si el trabajador no ha tomado sus vacaciones, la prima se paga cuando las disfrute.
- Al terminar la relación laboral, la prima vacacional proporcional se incluye en el finiquito.
- Si la empresa otorga más del 25%, el porcentaje superior aplica como beneficio contractual.
Preguntas frecuentes
La prima vacacional mínima es del 25% sobre los salarios correspondientes a los días de vacaciones (Art. 80 LFT). Por ejemplo, con 1 año de antigüedad (12 días) y salario diario de $500, la prima sería: 12 × $500 × 25% = $1,500.
La prima vacacional está exenta de ISR hasta 15 días de UMA ($1,759.65 en 2026). Solo la parte que exceda ese monto es gravable. Si tu prima es menor a $1,759.65, no pagas impuesto sobre ella.
Tu patrón debe pagártela antes de que inicies tu periodo de vacaciones. En la práctica, muchas empresas la incluyen en la nómina del periodo correspondiente, pero lo ideal es recibirla antes del descanso para poder disfrutarla.
Sí. Al terminar la relación laboral, el finiquito incluye la prima vacacional proporcional calculada sobre los días de vacaciones no disfrutados. Se aplica el 25% (o el porcentaje que maneje tu empresa) sobre esos días proporcionales.
Sí. El 25% es el mínimo legal. Muchas empresas, por contrato colectivo o política interna, otorgan porcentajes superiores (30%, 50% o incluso 100%). El porcentaje superior se convierte en un derecho adquirido que no puede reducirse.
No. Las vacaciones son días de descanso pagado (recibes tu salario normal). La prima vacacional es un pago adicional del 25% sobre esos salarios. Es decir, durante tus vacaciones recibes tu sueldo normal más un 25% extra.
Puedes reclamarla ante el Centro de Conciliación y Registro Laboral o el Tribunal Laboral. La falta de pago de la prima vacacional puede generar multas al patrón de 50 a 250 UMA por trabajador afectado, según la Ley Federal del Trabajo.