Actualizado 11 de marzo de 2026
Calculadora de Retención de ISR 2026 — México
Calcula la retención de ISR según el tipo de ingreso: salarios, honorarios, arrendamiento, dividendos e intereses.
Calculadora de Retención de ISR 2026 — México
Calcula la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) según el tipo de ingreso: salarios, honorarios, arrendamiento, dividendos, intereses o enajenación de bienes. Cada tipo tiene reglas y tasas específicas conforme a la LISR vigente 2026.
Retencion de ISR en Mexico: tipos de ingreso y tasas 2026
La retencion de ISR es el mecanismo mediante el cual quien paga un ingreso descuenta una parte para enterarla al SAT a nombre del contribuyente. El porcentaje y la forma de calcular la retencion varian segun el tipo de ingreso: salarios, honorarios, arrendamiento, dividendos o intereses.
Retencion ISR por salarios (Art. 96 LISR)
Cuando eres trabajador asalariado, tu patron esta obligado a retenerte ISR mensualmente conforme a la tarifa progresiva del Anexo 8 RMF 2026.
Caracteristicas:
- Se aplica la tarifa progresiva del Art. 96 (11 rangos, del 1.92% al 35%).
- Se puede aplicar el subsidio al empleo para ingresos bajos.
- La retencion es provisional; se ajusta en la declaracion anual o en el calculo anual del patron.
- Ingresos exentos (aguinaldo hasta 30 UMA, prima vacacional hasta 15 UMA, etc.) no se incluyen en la base gravable.
Ejemplo: Con un salario de $20,000 mensuales, la retencion es de aproximadamente $2,374 (tasa efectiva de 11.87%).
Retencion ISR por honorarios profesionales (Art. 106 LISR)
Cuando una persona moral (empresa) paga honorarios a una persona fisica por servicios profesionales independientes, debe retener el 10% del monto total del pago como ISR.
Caracteristicas:
- Tasa de retencion: 10% sobre el monto del servicio (sin IVA).
- El profesionista emite factura con IVA al 16% + la retencion de ISR e IVA.
- La retencion es un pago provisional a cuenta del ISR anual del profesionista.
- Si el profesionista esta en RESICO, la retencion puede ser menor.
Ejemplo: Un consultor factura $30,000 por un proyecto.
- Subtotal: $30,000
- IVA trasladado (16%): $4,800
- Retencion ISR (10%): -$3,000
- Retencion IVA (10.67%): -$3,200
- Total a cobrar: $28,600
Retencion ISR por arrendamiento (Art. 116 LISR)
Cuando una persona moral renta un inmueble a una persona fisica, debe retener el 10% del monto de la renta como pago provisional de ISR.
Caracteristicas:
- Tasa de retencion: 10% sobre el monto de la renta (sin IVA).
- Aplica cuando el arrendador es persona fisica y el arrendatario es persona moral.
- El arrendador puede optar por la deduccion ciega del 35% de sus ingresos en lugar de deducir gastos reales (Art. 115 LISR).
Ejemplo: Una empresa renta una oficina a una persona fisica por $20,000 mensuales.
- Renta mensual: $20,000
- IVA (16%): $3,200
- Retencion ISR (10%): -$2,000
- Retencion IVA (10.67%): -$2,133
- Pago neto al arrendador: $19,067
Retencion ISR por dividendos (Art. 140 LISR)
Cuando una empresa distribuye dividendos a sus accionistas personas fisicas, retiene el 10% sobre los dividendos distribuidos.
- Tasa de retencion: 10% sobre el dividendo pagado.
- Esta retencion es definitiva (no se acumula a los demas ingresos para ISR anual).
- Aplica a dividendos generados a partir de 2014.
- El accionista puede acreditar el ISR corporativo pagado por la empresa (piramidacion).
Ejemplo: Un accionista recibe $100,000 de dividendos.
- Retencion ISR (10%): -$10,000
- Dividendo neto: $90,000
Retencion ISR por intereses (Art. 135 LISR)
Las instituciones financieras retienen ISR sobre los intereses reales que pagan a personas fisicas. La tasa de retencion provisional para 2026 se publica anualmente en la LIF.
- Tasa de retencion 2026: 0.50% sobre el capital que genera los intereses (tasa provisional anual publicada en la Ley de Ingresos de la Federacion).
- La retencion es provisional; en la declaracion anual se calcula el ISR sobre el interes real (interes nominal menos inflacion).
- Se aplica en cuentas bancarias, CETES, fondos de inversion, pagares, etc.
Tabla resumen de retenciones ISR por tipo de ingreso
| Tipo de ingreso | Tasa de retencion | Fundamento | Tipo |
|---|---|---|---|
| Salarios | Tarifa progresiva (1.92%-35%) | Art. 96 LISR | Provisional |
| Honorarios profesionales | 10% | Art. 106 LISR | Provisional |
| Arrendamiento inmuebles | 10% | Art. 116 LISR | Provisional |
| Dividendos | 10% | Art. 140 LISR | Definitiva |
| Intereses | 0.50% s/capital | Art. 135 LISR + LIF | Provisional |
Diferencia entre retencion provisional y definitiva
La retencion provisional es un anticipo del ISR anual. Al presentar la declaracion anual, se calcula el impuesto real y se descuentan las retenciones hechas durante el ano. Si retuvieron de mas, obtienes saldo a favor.
La retencion definitiva (como en dividendos) es el impuesto final. No se acumula a otros ingresos ni se vuelve a calcular en la declaracion anual.
Preguntas frecuentes
Si facturas a una persona moral, te retienen el 10% del monto del servicio (sin IVA) conforme al Art. 106 de la LISR. Esta retencion es provisional y se acredita en tu declaracion anual.
El 10% del monto de la renta, cuando el arrendatario es persona moral y el arrendador es persona fisica (Art. 116 LISR). Ademas te retienen IVA.
Si. Se retiene el 10% sobre los dividendos distribuidos a personas fisicas (Art. 140 LISR). Esta retencion es definitiva para utilidades generadas a partir de 2014.
El patron aplica la tarifa progresiva del Art. 96 LISR sobre tu salario gravable mensual. No es una tasa fija: se calcula con la tabla del Anexo 8 RMF 2026, que tiene 11 rangos con tasas del 1.92% al 35%.
Si. Las retenciones provisionales se acreditan contra el ISR causado en tu declaracion anual. Si la suma de retenciones supera el impuesto real, obtienes un saldo a favor que el SAT te devuelve.
Las instituciones financieras retienen un porcentaje sobre el capital que genera los intereses. Para 2026, la tasa provisional es del 0.50% anual segun la Ley de Ingresos de la Federacion.
No. La obligacion de retener ISR por honorarios o arrendamiento aplica solo cuando quien paga es persona moral. Entre personas fisicas no hay retencion; el profesionista calcula y paga su propio ISR provisional mensual.