Actualizado 11 de marzo de 2026
Calculadora de Vacaciones 2026 — México
Calcula cuántos días de vacaciones te corresponden según la reforma 2023 de la LFT. Tabla actualizada.
Calculadora de Vacaciones 2026 — México
Calcula los días de vacaciones, prima vacacional y montos que te corresponden según tu antigüedad, con base en la reforma 2023 de la Ley Federal del Trabajo.
Cómo se calculan las vacaciones en México
Tras la reforma al Art. 76 de la LFT vigente desde enero de 2023, los trabajadores en México gozan de más días de vacaciones. El primer año de servicio otorga un mínimo de 12 días de vacaciones, y este número aumenta progresivamente con la antigüedad.
Tabla de días de vacaciones según antigüedad
- 1 año: 12 días
- 2 años: 14 días
- 3 años: 16 días
- 4 años: 18 días
- 5 años: 20 días
- 6 a 10 años: 22 días
- 11 a 15 años: 24 días
- 16 a 20 años: 26 días
- 21 a 25 años: 28 días
- 26 a 30 años: 30 días
- 31 a 35 años: 32 días
Del primer al quinto año se incrementan 2 días por cada año trabajado. A partir del sexto año, se agregan 2 días por cada 5 años de servicio.
Fórmula para vacaciones proporcionales
Si un trabajador no ha cumplido el año completo, le corresponden vacaciones proporcionales:
Días proporcionales = (Días de vacaciones por antigüedad ÷ 365) × Días trabajados en el periodo
Ejemplo práctico 2026
Un trabajador que cumple 3 años de antigüedad en 2026:
- Días de vacaciones: 16 días según la tabla
- Prima vacacional (25%): si su salario diario es $500, la prima sería 16 × $500 × 25% = $2,000.00
- Valor total de vacaciones: 16 días de descanso pagado + $2,000.00 de prima vacacional
Prima vacacional
Además de los días de descanso, el trabajador tiene derecho a una prima vacacional mínima del 25% sobre los salarios correspondientes a los días de vacaciones (Art. 80 LFT). Por ejemplo:
Prima vacacional = Días de vacaciones × Salario diario × 25%
La prima vacacional está exenta de ISR hasta 15 días de UMA. En 2026: 15 × $117.31 = $1,759.65 exentos.
Base legal de las vacaciones
Las vacaciones se regulan en la Ley Federal del Trabajo:
- Art. 76 LFT: establece el número mínimo de días de vacaciones según antigüedad (reformado en 2023, duplicando los días mínimos).
- Art. 78 LFT: los trabajadores deben disfrutar de manera continua por lo menos 12 días de vacaciones. El resto puede distribuirse según acuerdo.
- Art. 79 LFT: las vacaciones no podrán compensarse con remuneración, excepto al terminar la relación laboral.
- Art. 80 LFT: establece la prima vacacional mínima del 25%.
- Art. 81 LFT: las vacaciones deben concederse dentro de los 6 meses siguientes al cumplimiento del año de servicio.
¿Quiénes tienen derecho a vacaciones?
Todo trabajador subordinado que haya cumplido al menos un año de servicios tiene derecho al periodo vacacional completo. Los trabajadores con menos de un año tienen derecho a la parte proporcional al momento de terminar la relación laboral.
- Los trabajadores de planta y eventuales gozan de este derecho.
- Las vacaciones son irrenunciables: el patrón no puede sustituirlas por dinero mientras la relación laboral esté vigente.
- Si el patrón no otorga las vacaciones, el trabajador puede reclamarlas ante la autoridad laboral.
Preguntas frecuentes
Con la reforma de 2023, el primer año te corresponden 12 días (antes eran 6). Cada año subsecuente se agregan 2 días hasta llegar a 20 al quinto año. A partir del sexto año, se suman 2 días por cada 5 años de servicio: 22 días del año 6 al 10, 24 del 11 al 15, y así sucesivamente.
Según el Art. 78 LFT, debes disfrutar al menos 12 días continuos de vacaciones. Los días restantes pueden distribuirse como acuerdes con tu empleador a lo largo del año.
Las vacaciones son un derecho irrenunciable. Si tu empleador se niega a otorgarlas, puedes presentar una queja ante la Inspección del Trabajo o acudir a PROFEDET. El patrón puede ser sancionado con multas de 50 a 250 UMA por trabajador afectado.
No. Mientras la relación laboral esté vigente, las vacaciones no pueden compensarse con dinero (Art. 79 LFT). Solo al terminar la relación laboral se pagan las vacaciones no disfrutadas como parte del finiquito.
La prima vacacional mínima es del 25% sobre los salarios de los días de vacaciones. Se paga antes de que inicies tu periodo vacacional. Está exenta de ISR hasta 15 días de UMA ($1,759.65 en 2026).
La LFT no distingue entre días naturales y hábiles para vacaciones. En la práctica, la mayoría de las empresas cuentan días laborables (hábiles), sin incluir sábados, domingos ni días festivos, aunque esto depende del contrato o las políticas internas.
La reforma entró en vigor el 1 de enero de 2023. Aplica a todos los trabajadores activos a partir de esa fecha, independientemente de cuándo hayan iniciado su relación laboral.